SEGURIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN PARTE 1

NOM-031-STPS

Hola qué tal amigos constructores ¿Cómo están? esperando se encuentren muy bien les deseo que tengan un excelente día.

En esta ocasión hablaremos a respecto de la seguridad en las obras que están en proceso de construcción.

Este es un tema bastante extenso e importante por lo que lo trataremos en varias partes.

De acuerdo con el IMSS los trabajos con mayor índice de riesgo se encuentran en la industria de la construcción.

Es también una realidad que en esta industria es en la que menos se ha cuidado al trabajador, por costumbre, por ignorancia o por simplemente de manera intencional para ahorrarse unos pesos.

A partir de estas condiciones, a veces infrahumanas en las que se tiene a los trabajadores de la construcción, es que se preocupan por realizar una norma de carácter oficial en la que se procura el cuidado del trabajador de acuerdo con su actividad dentro de esta industria.

Este punto es el origen de la Norma Oficial Mexicana 031 de la Secretaría del Trabajo a Previsión Social, la cual es una norma que aplica a todas las obras que están en proceso de construcción a nivel nacional y pretende con su aplicación a nivel nacional proteger la integridad física del personal dedicado a los diversos oficios que intervienen en cualquier obra en construcción en cualquiera de sus etapas.

Es bien sabido que en una obra que se encuentra en proceso de construcción, participa personal de múltiples disciplinas, las cuales intervienen de manera programada de acuerdo con la etapa en la que se encuentre la obra.

En este tipo de obras es posible encontrar personal como albañiles, carpinteros, fierreros, electricistas, plomeros, herreros, electromecánicos, yeseros, pasteros, colocadores de piso, operadores de maquinaria, personal de limpieza, etc.

Para la elaboración de esta norma, hay una correlación de normas que llegan a complementar cada una de las actividades que intervienen como lo son las siguientes:

NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.

NOM-006-STPS-2000, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones y procedimientos de seguridad.

NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura.

NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo.

NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

NOM-020-STPS-2002, Recipientes sujetos a presión y calderas-Funcionamiento-Condiciones de seguridad.

NOM-021-STPS-1993, Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas.

NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

NOM-027-STPS-2008, Actividades de soldadura y corte-Condiciones de seguridad e higiene.

NOM-029-STPS-2005, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad.

NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades.

A partir de esta normatividad es que se adaptan las condiciones de estas a las que se aplican dentro de la industria para beneficiar y proteger la integridad física del trabajador de esta industria.

En esta ocasión vamos a hablar de las obligaciones de los patrones y de los trabajadores de acuerdo con el orden de esta NOM.

1.- Clasificar el tamaño de la obra que se esta ejecutando, la cual puede ser pequeña, mediana o grande de acuerdo con la clasificación de esta misma norma.

2.- Contar con la descripción de cada una de las actividades que se van a desarrollar, los riesgos a los que están sujetos los trabajadores de acuerdo con estas actividades, así como las medidas que se deben de tomar para cada una de las actividades.

3.- Contar con los respectivos análisis de riesgos potenciales de acuerdo con las actividades y tamaño de la obra, según lo previsto en esta misma norma.

4.- Se deberá disponer con un sistema de seguridad y salud en la obra, también respecto al tamaño de la obra y de acuerdo con las disposiciones de esta misma norma.

5.- Contar con los programas de revisión y mantenimiento preventivo del equipo empleado en la obra, así como los seguimientos a estos programas debidamente documentados y registrados en los respectivos reportes.

6.- Contar con los procedimientos de seguridad en el caso de obras medianas y grandes para la revisión y mantenimiento de herramientas y equipos utilizados en la obra, así como de la colocación y manejo de las instalaciones eléctricas provisionales y definitivas.

7.- Proporcionar el equipo básico de protección personal a los trabajadores, de acuerdo con las actividades propias del trabajador, así como el equipo especifico.

8.- Contar con los procedimientos de revisión, uso, limpieza y reposición del equipo de protección personal, de acuerdo con la información del fabricante y conforme lo señala la NOM-017-STPS.

9.- Supervisar que los trabajadores siempre porten el equipo de seguridad proporcionado

10.- Adoptar las medidas de seguridad aplicables a cada una de las actividades que realicen los trabajadores.

11.- Disponer de extintores para combatir posibles fuegos incipientes, de acuerdo con el tipo de fuego que se pueda presentar, según la NOM-002-STPS.

12.- Contar con los sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinara y equipo que se utilice en la obra, de acuerdo con la NOM-004-STPS.

13.- Contar, en su caso con las autorizaciones de funcionamiento de los recipientes sujetos a presión y generadores de vapor, utilizados en las obras de construcción y de conformidad con la NOM-020-STPS.

14.- Contar con los señalamientos necesarios de seguridad, con base a la NOM-026-STPS, en las cuales se indican los riesgos en cada fase o área de la obra, para uso del equipo de protección personal.

15.- Disponer de un plan de protección a emergencias de acuerdo con la clasificación del tamaño de la obra estipulada en esta norma.

16.- Proporcionar información y capacitar al personal sobre temas de seguridad y salud en el trabajo, aplicando este punto para obras medianas y grandes.

17.- Proporcionar a los contratistas, proveedores y subcontratistas información sobre los riesgos a los que están expuestos durante su permanencia en la obra y de acuerdo con las diferentes fases y áreas de la obra, también aplicable para obras medianas y grandes.

18.- Constituir en la obra, al menos una comisión de seguridad e higiene en el trabajo, además de supervisar que esta cumpla con sus funciones de acuerdo con la NOM-019-STPS.

19.- Disponer de los servicios de preventivos de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con la NOM-030-STPS.

20.- Autorizar por escrito a los trabajadores que realicen trabajos peligrosos, de acuerdo con lo previsto en esta misma norma.

21.- Otorgar a los proveedores, contratistas y subcontratistas los permisos de trabajo que se requieran para poder estos desarrollar sus tareas diarias dentro de la obra.

22.- Proporcionar a los trabajadores, un espacio higiénico para que puedan ingerir sus alimentos de conformidad con las normas oficiales mexicanas de la secretaria de salud para este efecto.

23.- proporcionar a los trabajadores servicios provisionales de agua potable y servicios sanitarios-lavabos, excusados, mingitorios entre otros de acuerdo con las normas oficiales mexicanas de la secretaria de salud.

24.- Proporcionar a los trabajadores en obras de construcción grandes, según aplique, alojamiento a los trabajadores dependiendo del tipo y ubicación de la obra en construcción.

Estos campamentos deberán contar con las condiciones mínimas de sanidad y espacio, de conformidad con las normas oficiales mexicanas de la secretaria de salud aplicables en esta materia.

25.- Avisar a las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de los accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran en la obra de acuerdo con esta misma norma.

26.- Llevar el control de incidentes y accidentes de trabajo que ocurran durante el proceso de cualquiera de las etapas de la obra, de acuerdo con esta norma.

27.- Exhibir a la autoridad del trabajo los documentos que la NOM-031-STPS obligue a elaborar o poseer cuando esta así lo requiera.

En cuanto a las obligaciones que tienen los trabajadores en las obras en construcción, también existen algunos puntos:

1.- Revisar antes del comienzo de las actividades por parte del responsable de cada uso, que la maquinaria, equipo, herramienta e implementos de trabajo se encuentren en condiciones favorables de uso, en caso de que no sea así, se debe reportar cualquier anomalía al respecto.

2.- Desarrollar sus actividades de acuerdo con las instrucciones que se determinen en el sistema de seguridad y salud de la obra y en las autorizaciones para desarrollar trabajos peligrosos.

3.- Utilizar el equipo de protección personal proporcionado por el patrón, el contratista o subcontratista, de acuerdo con los procedimientos de uso, reposición, limpieza, mantenimiento, resguardo y disposición final.

4.- Abstenerse de realizar actividades que puedan tener como consecuencia de manera directa o indirecta algún accidente personal y/o daños materiales que contravengan a los dispuesto en esta norma.

5.- Avisar inmediatamente al patrón de los incidentes, accidentes, condiciones, actos inseguros o situaciones de emergencia real o potencial detectados durante la ejecución de sus actividades.

6.- Seguir las instrucciones que el patrón establezca conforme al plan de atención a emergencias.

7.- Asistir y participar, según aplique, en la capacitación o información sobre seguridad y salud en el trabajo que el patrón les proporcione.

8.- Resguardar adecuadamente los bienes que el patrón ponga a disposición para la ejecución de sus trabajos o para conveniencia del trabajador.

9.- Participar en la comisión de seguridad e higiene, o en las brigadas de emergencia.

Como es notorio, para ambos personajes se encuentran una serie de obligaciones, las cuales están obligadas a seguir todas las empresas constructoras que desarrollen cualquier tipo de obra, así como los trabajadores que prestan sus servicios en empresas dedicadas a la construcción.

Como se ha mencionado es de carácter obligatorio el cumplimiento de esta norma en todos sus aspectos, dada la importancia de cuidar a todos quienes participan de este tipo de obras, a nivel nacional.

Este solo es el principio de este tema que, como se ha mencionado es bastante interesante y extenso para quienes nos dedicamos a trabajar en esta industria de la construcción.

Si tienes dudas o quieres que trate algún tema en particular, escribe a mi correo contacto@arquitectocuellar.com y con gusto trataremos los temas de tu interés.

No olvides que yo soy el arquitecto Cuéllar y espero haberte ayudado así… ¡EN CONCRETO!

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